martes, 4 de diciembre de 2007

Nuevo limite de velocidad en catalunya






pues si.queridos amiguitos.a este paso,en vez de en moto,iremos en burros,y controlando la comida de estos.no sea que les demos algo fuerte y nos caze algun radar.
es una verguenza esto que nos hacen,pero a todos los conductores en general.por si no teniamos suficiente con tener un radar cada 400 metros,ahora nos limitan mas la velocidad,y nos endiñan mas radares.
pondre un articulo del ABC para que os entereis mejor:

BARCELONA. A las 00.00 horas del mismo día en que Cercanías volvía a la normalidad, entró en vigor la limitación de la velocidad a 80 kilómetros por hora en los accesos y salidas por carretera del área de Barcelona, una polémica medida que ha impuesto la Generalitat para reducir la contaminación. Con todo, hasta el 1 de enero, en plena Nochevieja, no se sancionará a los conductores que superen esta velocidad y circulen dentro de los límites establecidos hasta ahora.
Precisamente, el Servicio Catalán de Tráfico (SCT) quería empezar a implantar la medida el 1 de noviembre y dejar un periodo de prueba e información de dos meses. Sin embargo, las graves incidencias en Cercanías provocaron un aumento de la circulación con vehículo privado, lo que obligó a Tráfico a aplazar la aplicación hasta que no se solventaran los problemas ferroviarios. Pese a este tiempo extra, se comenzó a aplicar ayer con deficiencias, ya que en muchos accesos no se habían instalado las señales que advierten del nuevo límite de velocidad.
A partir del 1 de enero se empezará a multar a los que superen los 80 kilómetros por hora en 12 tramos de 16 municipios del Barcelon_s y el Baix Llobregat. Hasta entonces, se hará una campaña informativa en Prensa, se anunciará en los paneles luminosos de las carreteras y se harán actos de sensibilización. Además, se instalarán 18 radares y controles dinámicos de velocidad. Los conductores que sobrepasen el nuevo límite serán advertidos mediante una carta que el SCT les enviará.
El pasado viernes, el director del SCT, Josep Pérez Moya, explicó que el 1 de enero de 2009 se empezará a aplicar la señalización variable de la velocidad, para adecuarla a las circunstancias de la vía en función de la intensidad del tráfico, de los niveles de contaminación y de las condiciones meteorológicas. Sin embargo, reiteró que el límite de 80 kilómetros no se podrá superar en ningún caso en la primera corona.
La limitación de velocidad, junto a otras 72 medidas encaminadas a reducir la contaminación, fue impulsada por la Conselleria de Medio Ambiente y Vivienda que encabeza el ecosocialista Francesc Baltasar y aprobada por el Govern el pasado julio.

ale.daros por enterados

3 comentarios:

Blog dijo...

Te he hecho propaganda!

http://madrizz.blogspot.com/2007/12/comienza-el-puente.html

THOM dijo...

aaaayyyy que amable jajajajaja

THOM dijo...

aqui os dejo una manera para recurrir una multa de radar.

Así se recurre una multa





21/03/2007 10:12





Estimado Sr. Juez:




He sido denunciado por circular a 250 km/h en la Nacional 530 cuando

iba camino de mi pueblo para hacer la matanza.



Según me dijeron los Guardias Civiles que me pararon, el radar me

detectó a la velocidad antes indicada en un tramo limitado a 70km/h.



Yo, por mi parte, puedo decir que he visto perfectamente esa señal

con el número 70 en negro, dentro del círculo rojo con el fondo

blanco. Sin embargo, por más que me he fijado, no he visto ninguna

unidad de medida junto al numerito 70.



Como Vd. sabrá mejor que yo, que para eso ha estudiado derecho, la

Ley 54/1893 establece que en el Estado Español (que Dios guarde

muchos años) se establece que el Sistema Métrico Internacional será

el obligatorio en el país, y dentro de las reglas propiamente dichas

del citado Sistema Métrico Internacional, se establece que la unidad

de longitud será el metro, y la unidad de tiempo será el segundo.



No se si cuando Vd. terminó derecho le dio tiempo a hacer algo de

matemáticas, pero por si acaso voy a informarle de que la velocidad

se mide dividiendo la distancia recorrida entre el tiempo empleado

para recorrerla, por lo que cogiendo la unidad de medida de la

distancia (metro) y la unidad de medida del tiempo (segundo),

obtendremos la unidad de medida de la velocidad:

METROS POR SEGUNDO, que, tal y como nos dice la Ley anteriormente



citada, SERÁ LA UNIDAD DE MEDIDA OBLIGATORIA PARA LA VELOCIDAD.



Yo no le voy a negar que fuese a 250 km/h, que de hecho los iba,

pero es que la señal que yo vi sólo ponía 70, y en virtud del

imperio de la ley que todos debemos respetar y del que Vd. es el

máximo exponente, no he dudado en considerar que el 70 se refería a

la unidad internacional de la velocidad, el metro por segundo; si

Vd. hace la conversión, observará que 70 m/s equivalen a 252km/h,

con lo cual yo circulaba a 2 km/h por debajo de lo permitido.



Por todo lo expuesto, ruego a Vd. que me devuelva el carné de

conducir, los 600 Euros y los 8 puntos que me han quitado, que no

están las cosas para bromas, dejando este asunto en un lamentable

malentendido por el que no voy a denunciar a los pobres Agentes, que

bastante tienen con su arriesgado trabajo y estoy seguro que no lo

hicieron con mala intención.



Atentamente.